Requisitos trámite de cuota mínima
Para efectos de la aplicación del Artículo 41 de la Ley de Ingresos para el Municipio de Celaya, Guanajuato y el Artículo 164 Incisos A, D y E, de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, deberán cumplir con los siguientes requisitoselaya, Guanajuato y el Artículo 164 Incisos A, D y E, de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
A).- Los bienes inmuebles destinados al servicio de la educación.
- Solicitud por escrito firmada por el propietario del bien inmueble o por el representante legal.
- Registro Federal de Contribuyentes.
- Permiso para el funcionamiento como escuela emitido por la autoridad competente.
- Acta constitutiva.
- Poder del representante legal.
- Permiso de uso de suelo.
- Identificación oficial de los miembros de la mesa directiva de la escuela.
- Identificación oficial del representante legal.
- Identificación oficial del propietario del bien inmueble.
- Presentar contrato de arrendamiento en caso de que el propietario no sea la escuela.
- Comprobante de domicilio actualizado, no mayor a 3 meses (preferentemente CFE).
- Correo electrónico
D).- Las casas-habitación que pertenezcan a:
1.- Jubilados y pensionados.
- Solicitud por escrito firmada por el propietario del bien inmueble.
- Credencial del jubilado o pensionado por ambos lados.
- Comprobante de domicilio actualizado, no mayor a 3 meses (preferentemente CFE).
- Credencial para votar (INE o IFE) vigente o Cédula profesional o pasaporte.
- Cuando la propiedad está a nombre del cónyuge, identificación del punto anterior del acta de matrimonio y firmar ambos la solicitud.
- El causante debe de habitar la propiedad.
- No tener ningún tipo de negocio en la propiedad.
- Correo electrónico
2.- Personas de 60 años o más
- Solicitud por escrito firmada por el propietario del bien inmueble.
- Comprobante de domicilio actualizado, no mayor a 3 meses (preferentemente CFE).
- Credencial para votar (INE o IFE) vigente o Cédula profesional o pasaporte.
- El causante debe de habitar la propiedad.
- No tener ningún tipo de negocio en la propiedad.
- Todos los propietarios de la misma deben de ser mayores de sesenta años.
- Correo electrónico
E).- Las casas-habitación adquiridas con financiamiento otorgado por instituciones de gobierno:
- Solicitud por escrito firmada por el propietario del bien inmueble.
- Aviso de retenciones de su crédito de instituciones de gobierno autorizadas o copia de adquisición de bienes inmuebles que indique el tipo de crédito al 100%.
- Comprobante de pago más reciente del crédito.
- Comprobante de domicilio actualizado, no mayor a 3 meses (preferentemente CFE).
- Credencial para votar (INE o IFE) vigente o Cédula profesional o pasaporte.
- El causante debe de habitar la propiedad.
- No tener ningún tipo de negocio en la propiedad.
- No tener otra propiedad (lote, comercio, departamento, etc.)
- Correo electrónico
- Nota: El descuento no es retroactivo a pagos o adeudos anteriores y deberá estar al corriente del pago de impuesto predial.
Formato de la solicitud:
La solicitud deberá ser dirigida al Lic. Francisco Raúl Rangel Miranda Director de Impuestos Inmobiliarios y Catastro